El seguro de Responsabilidad Civil es un seguro destinado a proteger el patrimonio personal o empresarial del asegurado, frente a la obligación legal de tener que reparar los daños causados a terceros derivados de la explotación del negocio.
Dirigido a empresas cuya actividad mercantil consiste en la fabricación, almacenamiento o distribución, y todas aquellas relacionadas con bienes o productos para situarlos en el mercado, lo que podría denominarse industria.
Cubre los daños a terceros como consecuencia de la Responsabilidad Civil extracontractual durante el desarrollo de la actividad declarada en condiciones particulares de la póliza y hasta el límite fijado en ella.
El límite de indemnización es la máxima cobertura que la compañía ofrece al asegurado y el capital contratado es el máximo a indemnizar por siniestro y año de la póliza de seguro.
No obstante, existen sublímites de indemnización, como en el caso de la R.C patronal, quedando limitada la indemnización por víctima en caso de siniestro.
Es una póliza que generalmente incluye franquicias, parte de la indemnización que asume el asegurado en caso de siniestro, sirviendo para mayor cuidado de la actividad y para la reducción del coste de siniestralidad en la repetición de pequeños siniestros.
La contratación de franquicias hace reducir el coste de la póliza, a mayor franquicia, menor es el precio de la póliza.
Las primas serán regularizadas anualmente en base a la facturación real de la empresa declarada al término de la anualidad, para evitar infraseguro y aplicación de regla proporcional en caso de siniestro.
Cubre los daños producidos en el desarrollo de la actividad, mientras los trabajos o las obras están en marcha y no han terminado, independientemente de que en el momento del accidente haya o no personal trabajando.
Cubre los daños que como propietario de un inmueble, se puedan ocasionar a un tercero.
Cubre los daños que como propietario de un inmueble, se puedan ocasionar a un tercero mientras está alquilado
Cubre los daños a los trabajadores dados de alta en el TC2 del asegurado, ante reclamaciones de los empleados asalariados debido a daños que hayan sufrido derivados de un accidente laboral
Cubre los daños producidos a los subcontratistas del asegurado.
Cubre los daños producidos una vez finalizado y entregado el trabajo durante el plazo que se declare en la póliza.
Cubre los daños producidos a un tercero por el producto comercializado una vez que deja de estar en poder del asegurado.
Cobertura básica por la que las compañías aseguradoras defienden al asegurado contra las posibles reclamaciones de terceros.
En función de la actividad del asegurado, se incluye esta garantía, dando cobertura a los productos que combinan elementos de diferentes fabricantes, la mezcla de productos originales generando la existencia de otro distinto.
Cubre el coste que conlleva la retirada de un lote, partida, etc cuando se detecta que el producto que ha producido el daño no es único, para evitar que continue produciéndose, retirando del mercado todos los productos evitando así la repetición del daño.
RC Explotación o actividad. Protege la integridad del patrimonio del asegurado, haciéndose cargo de posibles indemnizaciones o gastos de defensa por reclamaciones derivadas de la explotación de su negocio.

*Tomador
*Riesgo asegurado